1. Las disposiciones financieras en los Tratados
La Sexta parte, Título II, del TFUE (arts. 310 a 325) regula la financiación de la Unión. Se estructura en: recursos propios (art. 311), marco financiero plurianual (art. 312), presupuesto anual (arts. 313-316), ejecución y aprobación de la gestión (arts. 317-319), disposiciones comunes (arts. 320-324) y lucha contra el fraude (art. 325).
2. Principios presupuestarios (art. 310 TFUE)
- Unidad y universalidad: todos los ingresos y gastos de la Unión deben ser objeto de previsiones para cada ejercicio y consignarse en el presupuesto (art. 310.1).
- Equilibrio: los ingresos y gastos deben estar equilibrados (art. 310.1); la Unión no puede financiar su presupuesto ordinario con déficit.
- Anualidad: el ejercicio presupuestario comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre (art. 313).
- Especialidad: los créditos se asignan a fines concretos; la ejecución exige un acto jurídicamente vinculante previo (art. 310.3).
- Disciplina presupuestaria: la Unión no adoptará actos que puedan incidir en el presupuesto sin garantizar que pueden financiarse dentro de los recursos propios y del marco financiero (art. 310.4).
- Buena gestión financiera: el presupuesto se ejecuta con arreglo a este principio (art. 310.5).
- Lucha contra el fraude: la Unión y los Estados combaten el fraude que afecte a los intereses financieros de la Unión (art. 310.6 y art. 325), con la intervención de la OLAF y de la Fiscalía Europea.
- Las normas financieras se aprueban mediante reglamentos por el procedimiento legislativo ordinario, previa consulta al Tribunal de Cuentas (art. 322); el vigente es el Reglamento Financiero (UE, Euratom) 2024/2509.
Sigue leyendo en Opoclaro, gratis
Faltan estos 6 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:
- 3. Los recursos propios (art. 311 TFUE)
- 4. El marco financiero plurianual (art. 312 TFUE)
- 5. Elaboración del presupuesto anual (art. 314 TFUE)
- 6. Ejecución y control (arts. 317-319 TFUE)
- 7. La cohesión económica, social y territorial (arts. 174-178 TFUE)
- Lo que más cae
Puntos clave
lo que tienes que saberte sí o sí
- Los ingresos y gastos del presupuesto de la Unión deben estar equilibrados (art. 310.1 TFUE).
- El ejercicio presupuestario comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre (art. 313 TFUE).
- La Decisión sobre recursos propios la adopta el Consejo por unanimidad, previa consulta al PE, y requiere aprobación de los Estados (art. 311 TFUE).
- El marco financiero plurianual se establece para al menos cinco años por el Consejo por unanimidad, previa aprobación del PE (art. 312 TFUE).
- El marco vigente es el 2021-2027 (Reglamento 2020/2093), completado con Next Generation EU.
- La Comisión presenta el proyecto de presupuesto a más tardar el 1 de septiembre (art. 314.2 TFUE).
- El PE dispone de 42 días para pronunciarse; el Comité de Conciliación, de 21 días (art. 314 TFUE).
- Sin presupuesto aprobado se aplican doceavas provisionales (art. 315 TFUE).
- El PE aprueba la gestión de la Comisión previa recomendación del Consejo (art. 319 TFUE).
- El Fondo de Cohesión financia medio ambiente y redes transeuropeas de transporte (art. 177 TFUE).
- Regiones menos desarrolladas: PIB per cápita inferior al 75 % de la media de la Unión (Reglamento 2021/1060).
Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test
1. El reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual lo adopta:
- A) El Parlamento Europeo y el Consejo por el procedimiento legislativo ordinario.
- B) El Consejo Europeo por consenso.
- C) El Consejo por unanimidad, previa aprobación del Parlamento Europeo.
- D) La Comisión, previo dictamen del Tribunal de Cuentas.
Ver la respuesta
Correcta: C) El Consejo por unanimidad, previa aprobación del Parlamento Europeo.
Según el art. 312.2 TFUE, el Consejo adopta el reglamento por procedimiento legislativo especial, por unanimidad y previa aprobación del PE por mayoría de sus miembros.
art. 312.2 TFUE
2. De acuerdo con el artículo 312 TFUE, el marco financiero plurianual se establece para un período de:
- A) Al menos cinco años.
- B) Exactamente siete años.
- C) Al menos tres años.
- D) Al menos diez años.
Ver la respuesta
Correcta: A) Al menos cinco años.
El art. 312.1 TFUE dispone que el marco financiero plurianual se establecerá para un período de al menos cinco años; el vigente abarca 2021-2027.
art. 312.1 TFUE