1. Antecedentes de la integración europea
Tras la Segunda Guerra Mundial surgen varias iniciativas de cooperación europea de corte intergubernamental (OECE en 1948, Consejo de Europa en 1949, UEO). El salto a un modelo supranacional llega con la Declaración Schuman de 9 de mayo de 1950 (hoy Día de Europa), inspirada por Jean Monnet: poner en común la producción franco-alemana de carbón y acero bajo una Alta Autoridad común, como primer paso de una federación europea basada en «realizaciones concretas» (método funcionalista).
Fracasaron en cambio la Comunidad Europea de Defensa (rechazada por la Asamblea Nacional francesa en 1954) y la Comunidad Política Europea ligada a ella. La integración siguió entonces la vía económica.
2. Los Tratados originarios
| Tratado | Firma | Entrada en vigor | Contenido |
|---|---|---|---|
| París (CECA) | 18-4-1951 | 23-7-1952 | Mercado común del carbón y el acero. Vigencia de 50 años: expiró el 23-7-2002 |
| Roma (CEE) | 25-3-1957 | 1-1-1958 | Mercado común, unión aduanera, políticas comunes |
| Roma (Euratom) | 25-3-1957 | 1-1-1958 | Energía nuclear civil; sigue vigente como Comunidad separada |
Los seis Estados fundadores fueron Francia, la República Federal de Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo.
Sigue leyendo en Opoclaro, gratis
Faltan estos 7 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:
- 3. Los Tratados modificativos
- 4. El TUE y el TFUE tras Lisboa
- 5. Valores, objetivos y naturaleza jurídica
- 6. Revisión de los Tratados (art. 48 TUE)
- 7. El proceso de ampliación
- 8. Las cooperaciones reforzadas
- Lo que más cae
Puntos clave
lo que tienes que saberte sí o sí
- La Declaración Schuman de 9 de mayo de 1950 dio origen a la CECA (Tratado de París, 1951).
- Los Tratados de Roma (CEE y Euratom) se firmaron el 25 de marzo de 1957 y entraron en vigor el 1 de enero de 1958.
- Maastricht (vigor 1-11-1993) creó la UE, la ciudadanía y la UEM; Ámsterdam (1-5-1999) introdujo las cooperaciones reforzadas.
- El Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciembre de 2009 y dio personalidad jurídica a la Unión (art. 47 TUE).
- TUE y TFUE tienen el mismo valor jurídico; la Carta de Derechos Fundamentales también (arts. 1 y 6 TUE).
- Competencias exclusivas: unión aduanera, competencia, política monetaria del euro, conservación de recursos marinos y política comercial común (art. 3 TFUE).
- España y Portugal se adhirieron el 1 de enero de 1986; Croacia fue la última adhesión (2013).
- Adhesión: unanimidad del Consejo, consulta a la Comisión y aprobación del PE por mayoría de sus miembros, más ratificación de todos los Estados (art. 49 TUE).
- Retirada: notificación al Consejo Europeo; los Tratados dejan de aplicarse con el acuerdo o a los dos años, prorrogables por unanimidad (art. 50 TUE).
- Cooperaciones reforzadas: último recurso, al menos nueve Estados, solo en competencias no exclusivas (art. 20 TUE).
- Autorización de una cooperación reforzada: Consejo a propuesta de la Comisión y previa aprobación del PE; en PESC, Consejo por unanimidad (art. 329 TFUE).
Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test
1. Según el Tratado de la Unión Europea, la Unión:
- A) Carece de personalidad jurídica, que conservan las Comunidades.
- B) Tiene personalidad jurídica.
- C) Solo tiene personalidad jurídica en materia de política comercial.
- D) Tiene personalidad jurídica únicamente para celebrar acuerdos de adhesión.
Ver la respuesta
Correcta: B) Tiene personalidad jurídica.
El art. 47 TUE, introducido por Lisboa, dispone sin más que la Unión tiene personalidad jurídica; además, la Unión sustituye y sucede a la Comunidad Europea (art. 1 TUE).
art. 47 TUE
2. ¿Cuál de los siguientes Tratados introdujo por primera vez en el Derecho originario la figura de las cooperaciones reforzadas?
- A) El Acta Única Europea.
- B) El Tratado de Maastricht.
- C) El Tratado de Ámsterdam.
- D) El Tratado de Lisboa.
Ver la respuesta
Correcta: C) El Tratado de Ámsterdam.
Las cooperaciones reforzadas se incorporaron con el Tratado de Ámsterdam (1997), se flexibilizaron en Niza y hoy se regulan en el art. 20 TUE y los arts. 326-334 TFUE.
art. 20 TUE