1. Composición del sector público institucional
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), dedica su Título II (arts. 81 a 139) a la organización y funcionamiento del sector público institucional. Esta materia cubre los Capítulos I a III (arts. 81 a 108 sexies); el resto de entidades (autoridades independientes, sociedades, consorcios, fundaciones y fondos) se estudia en la parte II.
Concepto general (art. 2.2)
El sector público institucional se integra por:
- Organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Estos tienen además la consideración de Administraciones Públicas (art. 2.3).
- Entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, sujetas a la ley solo en lo que se refiera específicamente a ellas y, en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.
- Universidades públicas, que se rigen por su normativa específica y supletoriamente por la LRJSP.
Composición del sector público institucional estatal (art. 84.1)
| Letra | Entidades |
|---|---|
| a) | Organismos públicos vinculados o dependientes de la AGE: organismos autónomos, entidades públicas empresariales y agencias estatales |
| b) | Autoridades administrativas independientes |
| c) | Sociedades mercantiles estatales |
| d) | Consorcios |
| e) | Fundaciones del sector público |
| f) | Fondos sin personalidad jurídica |
| g) | Universidades públicas no transferidas |
Es una lista cerrada (art. 84.2): la AGE y sus entidades no pueden crear ni controlar, directa ni indirectamente, ningún otro tipo de entidad. Se exceptúa la participación del Estado en organismos internacionales o supranacionales, en organismos de normalización y acreditación nacionales y en sociedades creadas al amparo de la Ley 27/1984, de reconversión y reindustrialización.
Las universidades públicas no transferidas se rigen por la Ley 47/2003 en lo aplicable y por la LRJSP en lo no previsto (art. 84.3).
2. Principios generales e Inventario (Capítulo I)
Principios de actuación (art. 81)
- Las entidades del sector público institucional se someten a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y de transparencia en su gestión. En personal, incluido el laboral, se sujetan a las limitaciones de la normativa presupuestaria (art. 81.1).
- Todas las Administraciones deben tener un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes para comprobar si subsisten los motivos de su creación y su sostenibilidad financiera, con propuestas expresas de mantenimiento, transformación o extinción (art. 81.2).
- Los entes autonómicos y locales se rigen por las disposiciones básicas de la ley, en particular los Capítulos I y VI y los arts. 129 y 134 (art. 81.3).
Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local (arts. 82 y 83)
- Es un registro público administrativo que garantiza la información pública y la ordenación de todas las entidades del sector público institucional, sea cual sea su naturaleza (art. 82.1).
- Su integración, gestión y publicación dependen de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) (art. 82.1).
- Contiene, entre otros datos, la naturaleza jurídica, la condición de medio propio y la clasificación en contabilidad nacional (art. 82.2).
- Se inscriben, como mínimo, la creación, transformación, fusión o extinción (art. 82.3).
- Plazos (art. 83):
- el titular del máximo órgano de dirección notifica, a través de la intervención general correspondiente, los actos inscribibles en 30 días hábiles desde que ocurren;
- la inscripción se practica en 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud;
- la certificación de la inscripción es necesaria para que la Administración Tributaria asigne el NIF definitivo.
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Faltan estos 6 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:
- 3. Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal (Capítulo II)
- 4. Organismos públicos estatales: disposiciones generales (arts. 88 a 97)
- 5. Organismos autónomos (arts. 98 a 102)
- 6. Entidades públicas empresariales (arts. 103 a 108)
- 7. Agencias estatales (arts. 108 bis a 108 sexies)
- Lo que más cae
Puntos clave
lo que tienes que saberte sí o sí
- El sector público institucional estatal lo integran los organismos públicos (OA, EPE y agencias estatales), las autoridades administrativas independientes, las sociedades mercantiles estatales, los consorcios, las fundaciones del sector público, los fondos sin personalidad jurídica y las universidades públicas no transferidas (art. 84.1).
- La AGE no puede crear ni controlar entidades distintas de las del art. 84 (art. 84.2).
- El Inventario de Entidades del Sector Público depende de la IGAE; los actos inscribibles se notifican en 30 días hábiles (arts. 82.1 y 83.1).
- Control de eficacia: Departamento de adscripción a través de las inspecciones de servicios; supervisión continua: Ministerio de Hacienda a través de la IGAE (art. 85).
- Los organismos públicos se crean por ley y tienen todas las potestades administrativas salvo la expropiatoria (arts. 89.2 y 91.1).
- Los estatutos de los organismos públicos se aprueban por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta conjunta de Hacienda y del Ministerio de adscripción (art. 93.2).
- La transformación se hace por Real Decreto, salvo la transformación en agencia estatal, que requiere ley (art. 87.3).
- Disolución: dos meses para comunicar la causa y dos meses para el acuerdo del Consejo de Ministros; si no, disolución automática (art. 96.2).
- Organismos autónomos: Derecho administrativo, personal funcionario o laboral y régimen presupuestario de la Ley 47/2003 (arts. 99, 100 y 102).
- Entidades públicas empresariales: Derecho privado salvo formación de voluntad, potestades y lo regulado; personal laboral; financiación mayoritaria con ingresos de mercado (arts. 104, 106 y 107).
- Agencias estatales: contrato plurianual de gestión; endeudamiento prohibido salvo pólizas de tesorería hasta el 5 % del presupuesto (arts. 108 ter y 108 quinquies).
Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test
1. La integración y gestión del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, así como su publicación, dependerá de:
- A) La Intervención General de la Administración del Estado.
- B) La Dirección General del Patrimonio del Estado.
- C) El Tribunal de Cuentas.
- D) La Secretaría de Estado de Función Pública.
Ver la respuesta
Correcta: A) La Intervención General de la Administración del Estado.
El art. 82.1 de la Ley 40/2015 atribuye la integración, gestión y publicación del Inventario a la Intervención General de la Administración del Estado.
art. 82.1 Ley 40/2015
2. Según la Ley 40/2015, ¿cuál de las siguientes entidades NO es un organismo público vinculado o dependiente de la Administración General del Estado?
- A) Los organismos autónomos.
- B) Las entidades públicas empresariales.
- C) Las agencias estatales.
- D) Las autoridades administrativas independientes.
Ver la respuesta
Correcta: D) Las autoridades administrativas independientes.
El art. 84.1.a) clasifica los organismos públicos en organismos autónomos, entidades públicas empresariales y agencias estatales. Las autoridades administrativas independientes forman una categoría distinta del sector público institucional estatal (art. 84.1.b).
art. 84.1 Ley 40/2015