Resumen para oposiciones

LECrim: defensa, registros y correspondencia

Lo esencial para el examen, redactado a partir del BOE. Entra en el tema 9 de Guardia Civil.

17 min de lectura8 apartados
Epígrafe oficial del programa

La Ley de Enjuiciamiento Criminal: reglas de competencia; personas a quienes corresponde el ejercicio de las acciones; derecho a la defensa, a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción e interpretación; comprobación del delito y averiguación del delincuente; la entrada y registro en lugar cerrado, el registro de libros y papeles y la detención y apertura de la correspondencia.

1. Reglas de competencia (arts. 14-18 LECrim)

Los órganos de la jurisdicción penal y su competencia objetiva (art. 14) se estudian en la materia sobre el proceso penal y la detención. Desde la LO 1/2025 se organizan en Tribunales de Instancia con secciones de Instrucción y de lo Penal, la Audiencia Provincial, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. Aquí interesa la competencia territorial:

  • Regla general: el lugar de comisión del delito (forum delicti commissi).

  • Lugar desconocido (art. 15): son competentes, por este orden de preferencia, los jueces del lugar:

    1. donde se hayan descubierto pruebas materiales del delito;
    2. donde el presunto reo haya sido aprehendido;
    3. de la residencia del presunto reo;
    4. cualquiera que haya tenido noticia del delito.

    En cuanto conste el lugar de comisión, se remiten allí las actuaciones.

  • Delitos conexos (art. 17): se investigan y enjuician en una sola causa cuando la conexidad lo justifique. Son conexos, por ejemplo, los cometidos por dos o más personas reunidas, los cometidos como medio para perpetrar otros o para facilitar su ejecución o procurar su impunidad.

2. Las personas que ejercen las acciones (arts. 100-117)

Acción penal y acción civil

  • Origen (art. 100): de todo delito nace acción penal para el castigo del culpable. Puede nacer también acción civil para la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios.

  • Acción penal pública (art. 101): todos los ciudadanos españoles pueden ejercitarla (es la acción popular del art. 125 CE).

  • No pueden ejercitarla (art. 102):

    • quien no goce de la plenitud de los derechos civiles;
    • el condenado dos veces por sentencia firme por denuncia o querella calumniosas;
    • el juez o magistrado.

    Sí pueden hacerlo, en todo caso, por delitos contra sus personas o bienes o los de sus familiares cercanos.

  • Entre parientes (art. 103): no pueden ejercitar acciones penales entre sí:

    • los cónyuges, salvo por delitos de uno contra la persona del otro o de sus hijos, y por bigamia;
    • los ascendientes, descendientes y hermanos, salvo por delitos contra sus personas.
  • Delitos privados: las acciones por calumnia e injuria entre particulares solo las ejercita el ofendido, mediante querella.

El Ministerio Fiscal (art. 105)

  • Obligación: el Fiscal tiene la obligación de ejercitar todas las acciones penales que considere procedentes, haya o no acusador particular, salvo las reservadas a la querella privada.
  • Delitos semipúblicos: en los perseguibles a instancia del agraviado, el Fiscal puede denunciar si la víctima es menor, persona con discapacidad necesitada de especial protección o desvalida.

Renuncia y acción civil (arts. 106-117)

  • Efectos de la renuncia (art. 106):
    • la renuncia del ofendido no extingue la acción penal en los delitos perseguibles de oficio;
    • sí extingue las de los delitos perseguibles solo a instancia de parte y las civiles.
  • Acción civil del Fiscal (art. 108): el Fiscal ejercita la acción civil junto con la penal, salvo que el ofendido renuncie expresamente a la restitución o indemnización.
  • Personación del perjudicado (art. 110): los perjudicados pueden mostrarse parte en la causa antes del trámite de calificación.
  • Acción civil implícita (art. 112): ejercitada solo la acción penal, se entiende ejercitada también la civil, salvo renuncia o reserva expresa para ejercitarla después.

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Faltan estos 6 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:

  1. 3. Derecho a la defensa, asistencia jurídica gratuita y traducción (arts. 118-127)
  2. 4. Comprobación del delito y averiguación del delincuente (arts. 326-367)
  3. 5. Entrada y registro en lugar cerrado (arts. 545-572)
  4. 6. Registro de libros y papeles (arts. 573-578)
  5. 7. Detención y apertura de la correspondencia (arts. 579-588)
  6. Lo que más cae
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Puntos clave

lo que tienes que saberte sí o sí

  • Cuando no conste el lugar de comisión, son competentes, por este orden, los jueces del lugar donde se descubran pruebas materiales, donde sea aprehendido el presunto reo, el de su residencia y cualquiera que haya tenido noticia del delito (art. 15 LECrim).
  • La acción penal es pública y todos los ciudadanos españoles pueden ejercitarla, salvo, entre otros, el juez o magistrado y quien no goce de la plenitud de los derechos civiles (arts. 101 y 102 LECrim).
  • El Ministerio Fiscal tiene la obligación de ejercitar todas las acciones penales que considere procedentes, haya o no acusador particular, salvo las reservadas a la querella privada (art. 105 LECrim).
  • Ejercitada solo la acción penal, se entiende utilizada también la civil, salvo que el perjudicado la renuncie o la reserve expresamente (art. 112 LECrim).
  • Toda persona a quien se atribuya un hecho punible tiene derecho a ser informada de los hechos, examinar las actuaciones, designar abogado, guardar silencio y no declarar contra sí misma (art. 118 LECrim).
  • Los investigados que no hablen ni entiendan el castellano tienen derecho a intérprete en todas las actuaciones, incluido el interrogatorio policial, y a la traducción de los documentos esenciales (art. 123 LECrim).
  • En las muertes violentas o sospechosas de criminalidad se procederá a la autopsia aunque la inspección exterior permita presumir la causa de la muerte (art. 343 LECrim).
  • El juez de instrucción puede acordar, en resolución motivada, la obtención de muestras biológicas del sospechoso para determinar su perfil de ADN (art. 363 LECrim).
  • Se reputa domicilio el edificio o lugar cerrado destinado principalmente a la habitación de cualquier español o extranjero residente y de su familia, así como los buques nacionales mercantes (art. 554 LECrim).
  • A falta de consentimiento, la entrada en domicilio requiere auto motivado que se notificará al interesado inmediatamente o, lo más tarde, dentro de las veinticuatro horas (art. 550 LECrim).
  • Los agentes de policía pueden entrar por propia autoridad cuando haya mandamiento de prisión, flagrante delito, persecución inmediata del delincuente o urgencia en delitos de terrorismo, dando cuenta inmediata al juez (art. 553 LECrim).
  • El juez puede acordar la detención y apertura de la correspondencia en delitos dolosos castigados con al menos tres años de prisión, delitos de organizaciones criminales o de terrorismo (art. 579 LECrim).

Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test

1. Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, NO puede ejercitar la acción penal, salvo por delitos cometidos contra su persona o bienes o los de sus familiares cercanos:

  1. A) Un extranjero residente.
  2. B) El juez o magistrado.
  3. C) Una persona jurídica.
  4. D) Un menor emancipado.
Ver la respuesta

Correcta: B) El juez o magistrado.

El art. 102 excluye al juez o magistrado, a quien no goza de plenitud de derechos civiles y al condenado dos veces por denuncia o querella calumniosas.

art. 102 LECrim

2. Cuando no conste el lugar en que se haya cometido un delito, será competente en primer lugar, según el artículo 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez del lugar:

  1. A) De la residencia del presunto reo.
  2. B) Donde el presunto reo haya sido aprehendido.
  3. C) Que primero haya tenido noticia del delito.
  4. D) Donde se hayan descubierto pruebas materiales del delito.
Ver la respuesta

Correcta: D) Donde se hayan descubierto pruebas materiales del delito.

El orden de preferencia del art. 15 es: pruebas materiales, aprehensión, residencia y cualquiera que haya tenido noticia.

art. 15 LECrim

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El resumen completo, con preguntas en cada apartado

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