Resumen para oposiciones

Funcionarios: derechos, deberes y carrera

Lo esencial para el examen, redactado a partir del BOE. Entra en los temas 27, 28, 29 y 35 de Administrativo del Estado, el tema 14 de Auxiliar Administrativo del Estado y los temas 42, 44, 46, 49 y 58 de Gestión del Estado.

24 min de lectura8 apartados
Epígrafe oficial del programa

Derechos y deberes de los funcionarios. La carrera administrativa. Promoción interna. El sistema de retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.

Aviso previo. En la AGE todavía no se ha aprobado la ley de función pública que desarrolle el TREBEP. Por eso, los capítulos del TREBEP sobre carrera y retribuciones solo producirán efectos cuando se aprueben esas leyes (disposición final 4.ª.1 TREBEP), y mientras tanto siguen aplicándose la Ley 30/1984 y sus reglamentos en lo que no se opongan (DF 4.ª.2). El examen pregunta por los dos textos.

1. Derechos de los empleados públicos

Derechos individuales (art. 14 TREBEP), entre otros:

  • Inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.
  • Desempeño efectivo de las funciones y progresión en la carrera y promoción interna.
  • Percibir retribuciones e indemnizaciones por razón del servicio.
  • Defensa jurídica y protección de la Administración en los procesos derivados del ejercicio legítimo de sus funciones.
  • Formación continua, preferentemente en horario laboral.
  • Respeto a la intimidad y dignidad, en especial frente al acoso; no discriminación; conciliación.
  • Intimidad digital y desconexión digital (art. 14.j bis).
  • Libertad de expresión, seguridad y salud, vacaciones y permisos, jubilación, prestaciones de Seguridad Social y libre asociación profesional.

Derechos individuales ejercidos colectivamente (art. 15): libertad sindical, negociación colectiva, huelga (con mantenimiento de los servicios esenciales), planteamiento de conflictos colectivos y reunión.

Vacaciones y permisos (datos que se preguntan):

  • Vacaciones: veintidós días hábiles por año natural (los sábados no son hábiles); no pueden sustituirse por dinero, salvo al terminar la relación por causas ajenas al funcionario (art. 50).
  • Asuntos particulares: seis días al año (art. 48.k).
  • Matrimonio o pareja de hecho: quince días (art. 48.l).
  • Traslado de domicilio sin cambio de residencia: un día (art. 48.b).
  • Lactancia de un hijo menor de doce meses: una hora de ausencia diaria, divisible en dos fracciones o acumulable en jornadas completas (art. 48.f).

2. Deberes: el Código de Conducta

Los empleados públicos deben desempeñar con diligencia sus tareas y velar por los intereses generales con sujeción a la Constitución y al ordenamiento, conforme a principios como objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres (art. 52). Estos principios informan el régimen disciplinario.

Principios éticos (art. 53), por ejemplo: abstenerse en asuntos en que tengan interés personal; no aceptar trato de favor; guardar secreto de materias clasificadas y discreción sobre lo que conozcan por su cargo.

Principios de conducta (art. 54), por ejemplo: tratar con respeto a ciudadanos, superiores y compañeros; cumplir jornada y horario; obedecer las órdenes profesionales, salvo que sean una infracción manifiesta del ordenamiento (en cuyo caso se comunica a la inspección); rechazar regalos que vayan más allá de los usos habituales de cortesía; garantizar la atención en la lengua oficial que solicite el ciudadano.

Sigue leyendo en Opoclaro, gratis

Faltan estos 6 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:

  1. 3. La carrera administrativa
  2. 4. Promoción interna
  3. 5. Retribuciones e indemnizaciones
  4. 6. Régimen disciplinario
  5. 7. La Seguridad Social de los funcionarios
  6. Lo que más cae
Leer el resumen completo gratis

Puntos clave

lo que tienes que saberte sí o sí

  • La libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga son derechos individuales ejercidos colectivamente (art. 15 TREBEP).
  • Carrera horizontal: progresar sin cambiar de puesto; carrera vertical: ascender por los procedimientos de provisión (art. 16.3 TREBEP).
  • Promoción interna: al menos dos años de servicio activo en el Subgrupo inferior (art. 18.2 TREBEP).
  • El grado personal se consolida con dos años continuados o tres con interrupción en puestos de un nivel (art. 70.2 RD 364/1995).
  • Retribuciones básicas: sueldo, trienios y pagas extraordinarias (art. 23 Ley 30/1984; art. 23 TREBEP).
  • Dos pagas extraordinarias al año (art. 22.4 TREBEP), en junio y diciembre (art. 23.2.c Ley 30/1984).
  • La separación del servicio solo puede imponerse por faltas muy graves (art. 96.1.a TREBEP).
  • Prescripción: faltas muy graves 3 años, graves 2 años y leves 6 meses; sanciones muy graves 3 años, graves 2 años y leves 1 año (art. 97 TREBEP).
  • La suspensión provisional no puede exceder de seis meses, salvo paralización imputable al interesado (art. 98.3 TREBEP).
  • Los funcionarios que ingresan desde el 1 de enero de 2011 cotizan al Régimen General a efectos de pensiones (DA 3.ª LGSS).

Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test

1. Según el TREBEP, la carrera que consiste en la progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo se denomina:

  1. A) Carrera vertical.
  2. B) Carrera horizontal.
  3. C) Promoción interna horizontal.
  4. D) Promoción interna vertical.
Ver la respuesta

Correcta: B) Carrera horizontal.

El art. 16.3.a) TREBEP define así la carrera horizontal. La vertical consiste en ascender en la estructura de puestos mediante los procedimientos de provisión.

art. 16.3.a) TREBEP

2. Según el TREBEP, ¿cuál de los siguientes es un derecho individual que se ejerce de forma colectiva?

  1. A) La inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.
  2. B) La formación continua.
  3. C) El ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
  4. D) La libre asociación profesional.
Ver la respuesta

Correcta: C) El ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

El art. 15.c) TREBEP incluye la huelga entre los derechos individuales ejercidos colectivamente. La inamovilidad, la formación continua y la libre asociación profesional son derechos individuales del art. 14.

art. 15 TREBEP

empieza hoy

El resumen completo, con preguntas en cada apartado

En Opoclaro estudias cada tema por apartados, compruebas lo aprendido al momento y repasas lo que falles. Tu plan diario lo ordena según tus horas y la fecha del examen.

Crear mi plan gratis