1. Normativa y objeto
La Ley 8/2011, de 28 de abril, establece las medidas para la protección de las infraestructuras críticas y la desarrolla el Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo (Reglamento de protección de las infraestructuras críticas). Su objeto es fijar las estrategias y estructuras para dirigir y coordinar a las Administraciones en la protección de estas infraestructuras, previa su identificación y designación, y mejorar la prevención, preparación y respuesta frente a atentados terroristas u otras amenazas, implicando a sus operadores públicos y privados (art. 1). Incorpora la Directiva 2008/114/CE sobre infraestructuras críticas europeas.
2. Conceptos clave (art. 2)
- Servicio esencial: el necesario para las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos o el funcionamiento de las instituciones.
- Sector estratégico: área de actividad que presta un servicio esencial o garantiza la autoridad del Estado o la seguridad del país. Hay doce, recogidos en el anexo: Administración, Espacio, Industria nuclear, Industria química, Instalaciones de investigación, Agua, Energía, Salud, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), Transporte, Alimentación y Sistema financiero y tributario.
- Infraestructuras estratégicas: las instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre los que descansa el funcionamiento de los servicios esenciales.
- Infraestructuras críticas: las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, de modo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales.
- Infraestructuras críticas europeas: las situadas en un Estado de la UE cuya perturbación afectaría gravemente al menos a dos Estados miembros.
- Zona crítica: zona geográfica continua con varias infraestructuras críticas de operadores diferentes e interdependientes, declarada así por la autoridad.
- Criterios horizontales de criticidad: el número de personas afectadas (víctimas y heridos graves), el impacto económico, el impacto medioambiental y el impacto público y social.
- Operadores críticos: las entidades responsables de las inversiones o del funcionamiento diario de una infraestructura designada como crítica.
La ley no se aplica a las infraestructuras del Ministerio de Defensa ni de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que tienen su propia normativa (art. 3.2).
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Faltan estos 5 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:
- 3. El Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas (art. 4)
- 4. El Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas (arts. 5-13)
- 5. Instrumentos de planificación (art. 14)
- 6. La ciberseguridad
- Lo que más cae
Puntos clave
lo que tienes que saberte sí o sí
- Infraestructuras críticas son las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas (art. 2.e Ley 8/2011).
- Las infraestructuras críticas europeas son aquellas cuya perturbación afectaría gravemente al menos a dos Estados miembros (art. 2.f).
- Criterios horizontales de criticidad: número de personas afectadas, impacto económico, impacto medioambiental e impacto público y social (art. 2.h).
- Hay doce sectores estratégicos, entre ellos Administración, Energía, Agua, Salud, TIC, Transporte, Alimentación y Sistema financiero y tributario (anexo).
- El Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas depende del Ministerio del Interior a través de la Secretaría de Estado de Seguridad (art. 4).
- La Secretaría de Estado de Seguridad es el órgano superior responsable del Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas (art. 6).
- El CNPIC depende orgánicamente de la Secretaría de Estado de Seguridad y hace las altas, bajas y modificaciones en el Catálogo (art. 7).
- La Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas aprueba los Planes Estratégicos Sectoriales y designa a los operadores críticos (art. 11).
- Los operadores críticos elaboran el Plan de Seguridad del Operador y un Plan de Protección Específico por infraestructura, y designan un Responsable de Seguridad y Enlace y un Delegado de Seguridad por infraestructura (art. 13).
- Los Planes de Apoyo Operativo los elabora el cuerpo policial estatal o autonómico competente en la demarcación (art. 14.5).
- El RDL 12/2018 obliga a los operadores de servicios esenciales y a los proveedores de servicios digitales a notificar los incidentes significativos a través de su CSIRT de referencia (art. 19).
- CSIRT de referencia: CCN-CERT para el sector público, INCIBE-CERT para entidades privadas y ciudadanos y ESPDEF-CERT del Ministerio de Defensa (art. 11 RDL 12/2018).
Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test
1. Una infraestructura crítica europea es aquella cuya perturbación o destrucción afectaría gravemente:
- A) A toda la Unión Europea.
- B) Al menos a tres Estados miembros.
- C) A un Estado miembro y a un tercer país.
- D) Al menos a dos Estados miembros.
Ver la respuesta
Correcta: D) Al menos a dos Estados miembros.
El art. 2.f de la Ley 8/2011, conforme a la Directiva 2008/114/CE, exige que afecte gravemente al menos a dos Estados miembros.
art. 2.f Ley 8/2011
2. Según la Ley 8/2011, las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales, son:
- A) Zonas críticas.
- B) Sectores estratégicos.
- C) Infraestructuras críticas.
- D) Servicios esenciales.
Ver la respuesta
Correcta: C) Infraestructuras críticas.
Es la definición de infraestructuras críticas del art. 2.e de la Ley 8/2011.
art. 2.e Ley 8/2011