Resumen para oposiciones

Infraestructuras críticas y ciberseguridad

Lo esencial para el examen, redactado a partir del BOE. Entra en el tema 15 de Policía Nacional.

18 min de lectura7 apartados
Epígrafe oficial del programa

Protección de las infraestructuras críticas: el Catálogo Nacional y el Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas. La ciberseguridad.

1. Normativa y objeto

La Ley 8/2011, de 28 de abril, establece las medidas para la protección de las infraestructuras críticas y la desarrolla el Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo (Reglamento de protección de las infraestructuras críticas). Su objeto es fijar las estrategias y estructuras para dirigir y coordinar a las Administraciones en la protección de estas infraestructuras, previa su identificación y designación, y mejorar la prevención, preparación y respuesta frente a atentados terroristas u otras amenazas, implicando a sus operadores públicos y privados (art. 1). Incorpora la Directiva 2008/114/CE sobre infraestructuras críticas europeas.

2. Conceptos clave (art. 2)

  • Servicio esencial: el necesario para las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos o el funcionamiento de las instituciones.
  • Sector estratégico: área de actividad que presta un servicio esencial o garantiza la autoridad del Estado o la seguridad del país. Hay doce, recogidos en el anexo: Administración, Espacio, Industria nuclear, Industria química, Instalaciones de investigación, Agua, Energía, Salud, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), Transporte, Alimentación y Sistema financiero y tributario.
  • Infraestructuras estratégicas: las instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre los que descansa el funcionamiento de los servicios esenciales.
  • Infraestructuras críticas: las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, de modo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales.
  • Infraestructuras críticas europeas: las situadas en un Estado de la UE cuya perturbación afectaría gravemente al menos a dos Estados miembros.
  • Zona crítica: zona geográfica continua con varias infraestructuras críticas de operadores diferentes e interdependientes, declarada así por la autoridad.
  • Criterios horizontales de criticidad: el número de personas afectadas (víctimas y heridos graves), el impacto económico, el impacto medioambiental y el impacto público y social.
  • Operadores críticos: las entidades responsables de las inversiones o del funcionamiento diario de una infraestructura designada como crítica.

La ley no se aplica a las infraestructuras del Ministerio de Defensa ni de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que tienen su propia normativa (art. 3.2).

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Faltan estos 5 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:

  1. 3. El Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas (art. 4)
  2. 4. El Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas (arts. 5-13)
  3. 5. Instrumentos de planificación (art. 14)
  4. 6. La ciberseguridad
  5. Lo que más cae
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Puntos clave

lo que tienes que saberte sí o sí

  • Infraestructuras críticas son las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas (art. 2.e Ley 8/2011).
  • Las infraestructuras críticas europeas son aquellas cuya perturbación afectaría gravemente al menos a dos Estados miembros (art. 2.f).
  • Criterios horizontales de criticidad: número de personas afectadas, impacto económico, impacto medioambiental e impacto público y social (art. 2.h).
  • Hay doce sectores estratégicos, entre ellos Administración, Energía, Agua, Salud, TIC, Transporte, Alimentación y Sistema financiero y tributario (anexo).
  • El Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas depende del Ministerio del Interior a través de la Secretaría de Estado de Seguridad (art. 4).
  • La Secretaría de Estado de Seguridad es el órgano superior responsable del Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas (art. 6).
  • El CNPIC depende orgánicamente de la Secretaría de Estado de Seguridad y hace las altas, bajas y modificaciones en el Catálogo (art. 7).
  • La Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas aprueba los Planes Estratégicos Sectoriales y designa a los operadores críticos (art. 11).
  • Los operadores críticos elaboran el Plan de Seguridad del Operador y un Plan de Protección Específico por infraestructura, y designan un Responsable de Seguridad y Enlace y un Delegado de Seguridad por infraestructura (art. 13).
  • Los Planes de Apoyo Operativo los elabora el cuerpo policial estatal o autonómico competente en la demarcación (art. 14.5).
  • El RDL 12/2018 obliga a los operadores de servicios esenciales y a los proveedores de servicios digitales a notificar los incidentes significativos a través de su CSIRT de referencia (art. 19).
  • CSIRT de referencia: CCN-CERT para el sector público, INCIBE-CERT para entidades privadas y ciudadanos y ESPDEF-CERT del Ministerio de Defensa (art. 11 RDL 12/2018).

Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test

1. Una infraestructura crítica europea es aquella cuya perturbación o destrucción afectaría gravemente:

  1. A) A toda la Unión Europea.
  2. B) Al menos a tres Estados miembros.
  3. C) A un Estado miembro y a un tercer país.
  4. D) Al menos a dos Estados miembros.
Ver la respuesta

Correcta: D) Al menos a dos Estados miembros.

El art. 2.f de la Ley 8/2011, conforme a la Directiva 2008/114/CE, exige que afecte gravemente al menos a dos Estados miembros.

art. 2.f Ley 8/2011

2. Según la Ley 8/2011, las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales, son:

  1. A) Zonas críticas.
  2. B) Sectores estratégicos.
  3. C) Infraestructuras críticas.
  4. D) Servicios esenciales.
Ver la respuesta

Correcta: C) Infraestructuras críticas.

Es la definición de infraestructuras críticas del art. 2.e de la Ley 8/2011.

art. 2.e Ley 8/2011

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El resumen completo, con preguntas en cada apartado

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