Resumen para oposiciones

Régimen del personal de la Guardia Civil

Lo esencial para el examen, redactado a partir del BOE. Entra en el tema 15 de Guardia Civil.

15 min de lectura5 apartados
Epígrafe oficial del programa

El régimen del personal de la Guardia Civil (Ley 29/2014): disposiciones generales, competencias en materia de personal y ordenación del personal (escalas, empleos, categorías, especialidades y plantillas).

1. Objeto y ámbito de la Ley 29/2014

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, regula la carrera profesional de los guardias civiles. Busca que este Cuerpo de Seguridad del Estado de naturaleza militar pueda cumplir:

  • la misión del art. 104.1 CE;
  • las funciones de los arts. 11 y 12 de la LO 2/1986;
  • las misiones de carácter militar que se le asignen (art. 1).

Ámbito de aplicación (art. 2)

  • Se aplica a los guardias civiles y, en los términos que establece, a quienes ingresan en los centros docentes de formación.
  • Los principios del Estatuto Básico del Empleado Público se incorporan a su régimen siempre que no contradigan su legislación específica.

2. Disposiciones generales (título preliminar)

Guardias civiles (art. 3)

  • Concepto: son los españoles vinculados al Cuerpo por una relación de servicios profesionales de carácter permanente como miembros de las FCSE. Por la naturaleza militar del Instituto, son militares de carrera de la Guardia Civil.
  • Adquisición de la condición: al obtener el primer empleo, conferido por el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, y al incorporarse a la escala correspondiente.
  • Primer empleo: se obtiene superando las pruebas de selección y el plan de estudios del centro docente de formación.
  • Escalafón: la calificación final de la enseñanza de formación determina el orden de escalafón.

Juramento o promesa ante la Bandera (art. 4)

  • Requisito previo: para adquirir la condición de guardia civil hay que jurar o prometer cumplir fielmente las obligaciones profesionales, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución.
  • Forma: el acto es público y solemne. El jefe de la unidad pregunta: «¡Guardias civiles!, ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente vuestras obligaciones, guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, obedecer y respetar al Rey y a vuestros jefes, no abandonarlos nunca y, si preciso fuere, entregar vuestra vida en defensa de España?». Los guardias contestan: «Sí, lo hacemos».
  • Final del acto: besan uno a uno la Bandera y después desfilan bajo ella, como señal de que España acepta su juramento.

Igualdad y conciliación (art. 5)

  • La igualdad efectiva de mujeres y hombres estará especialmente presente en la aplicación de la ley. Se adoptan medidas para facilitar el ingreso y la promoción de la mujer.
  • Se aplican las normas de igualdad, prevención de la violencia de género y conciliación de la AGE, con las adaptaciones necesarias.
  • Se harán evaluaciones periódicas de la igualdad de género.

Código de conducta (arts. 6 y 7)

Los guardias civiles actúan con absoluto respeto a la Constitución y conforme a:

  • los principios del art. 5 de la LO 2/1986;
  • el título III de la LO 11/2007;
  • las reglas de comportamiento del art. 7.

Las reglas más preguntadas del art. 7:

  • Defensa de España y protección de los derechos y libertades, sin discriminación alguna.
  • El honor, «verdadera seña de identidad del guardia civil».
  • Uso de la fuerza:
    • debe ser legítimo, gradual y proporcionado;
    • la persuasión y la fuerza moral son sus primeras armas;
    • se rige por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.
  • Disciplina: es el factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado. Su expresión colectiva es el acatamiento a la Constitución y la individual, el cumplimiento de las órdenes.
  • Órdenes: son los mandatos relativos al servicio que un guardia civil da a un subordinado, en forma adecuada y dentro de sus atribuciones.
  • Saludo militar: muestra de respeto mutuo, disciplina y unión, y símbolo de corrección con los ciudadanos.
  • Mando:
    • el estilo de mando se basa en el ejemplo y el liderazgo;
    • no se renuncia ni se comparte la responsabilidad en el ejercicio del mando;
    • no se pueden ordenar actos contrarios a la Constitución o a las leyes, ni constitutivos de delito.
  • Misiones militares: en ellas se aplican además las reglas del art. 6 de la LO 9/2011 (derechos y deberes de las FAS).

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Faltan estos 3 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:

  1. 3. Competencias en materia de personal (título I)
  2. 4. Ordenación del personal (título II)
  3. Lo que más cae
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Puntos clave

lo que tienes que saberte sí o sí

  • Son guardias civiles los españoles vinculados al Cuerpo por una relación de servicios profesionales de carácter permanente que, por la naturaleza militar del Instituto, son militares de carrera de la Guardia Civil (art. 3 Ley 29/2014).
  • La condición de guardia civil se adquiere al obtener el primer empleo, conferido por el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, e incorporarse a la escala correspondiente (art. 3.2).
  • Para adquirir la condición de guardia civil debe prestarse previamente juramento o promesa ante la Bandera de España en un acto público y solemne (art. 4).
  • El honor es la verdadera seña de identidad del guardia civil, y la persuasión y la fuerza moral son sus primeras armas en el empleo gradual y proporcionado de la fuerza (art. 7).
  • Al Ministro de Defensa le corresponde el régimen de ascensos y situaciones administrativas; al Ministro del Interior, los destinos y las retribuciones; y conjuntamente, la selección, formación y perfeccionamiento (art. 9).
  • El Director General de la Guardia Civil aprueba las convocatorias de ingreso en los centros docentes de formación, con el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública (art. 12.f).
  • El Consejo Superior de la Guardia Civil es el órgano colegiado asesor y consultivo de los Ministros de Defensa e Interior, del Secretario de Estado de Seguridad y del Director General (art. 13).
  • El personal de la Guardia Civil se agrupa en las escalas de oficiales, suboficiales y cabos y guardias, cuya creación, extinción, integración o refundición se efectúa por ley (art. 16).
  • Los suboficiales constituyen el eslabón fundamental de la estructura orgánica y los cabos y guardias, su elemento primordial (art. 17).
  • Los empleos de la categoría de cabos y guardias son Cabo Mayor, Cabo Primero, Cabo y Guardia Civil (art. 18.3).
  • La precedencia se determina por el cargo o destino si está fijada reglamentariamente; si no, por el empleo, la antigüedad en él y la posición en el escalafón (art. 21.3).
  • El Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Defensa e Interior, fija la plantilla reglamentaria para periodos de cuatro años (art. 25.2).

Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test

1. Según la Ley 29/2014, la condición de guardia civil se adquiere:

  1. A) Al aprobar la oposición de ingreso.
  2. B) Al obtener el primer empleo, conferido por el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, e incorporarse a la escala correspondiente.
  3. C) Al ser nombrado por el Director General de la Guardia Civil.
  4. D) Al tomar posesión del primer destino, por resolución del Ministro del Interior.
Ver la respuesta

Correcta: B) Al obtener el primer empleo, conferido por el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, e incorporarse a la escala correspondiente.

Así lo dispone el art. 3.2 de la Ley 29/2014; previamente hay que jurar o prometer ante la Bandera (art. 4).

art. 3.2 Ley 29/2014

2. En el empleo de la fuerza, según el artículo 7 de la Ley 29/2014, las primeras armas del guardia civil son:

  1. A) La persuasión y la fuerza moral.
  2. B) Las armas reglamentarias.
  3. C) Los medios de defensa no letales.
  4. D) La disciplina y la obediencia.
Ver la respuesta

Correcta: A) La persuasión y la fuerza moral.

Hará un empleo legítimo, gradual y proporcionado de la fuerza, regido por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.

art. 7 Ley 29/2014

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