Resumen para oposiciones

Funcionarios de Justicia: ingreso y promoción

Lo esencial para el examen, redactado a partir del BOE. Entra en el tema 13 de Auxilio Judicial y el tema 13 de Tramitación Procesal.

20 min de lectura8 apartados
Epígrafe oficial del programa

Cuerpos Generales (I): oferta de empleo, ingreso, promoción interna, adquisición y pérdida de la condición de funcionario y rehabilitación.

1. Fuentes

El ingreso en los Cuerpos Generales (Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial) se regula en:

  • La LOPJ, Libro VI, Títulos II y III (arts. 482 a 494).
  • El Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia (Títulos I y II).
  • Supletoriamente, el TREBEP y la normativa estatal de función pública (arts. 474 y 484 LOPJ).

Las funciones de cada cuerpo (arts. 476 a 478 LOPJ) se estudian en la materia de Cuerpos Generales y Especiales.

2. Oferta de empleo público (art. 482 LOPJ)

  • Las necesidades de personal con asignación presupuestaria se recogen en una única oferta de empleo público anual, según los criterios del sector público estatal fijados en la Ley de Presupuestos (art. 482.1).
  • Las CCAA con competencias determinan sus necesidades y las comunican al Ministerio de Justicia (art. 482.2).
  • El Ministerio de Justicia elabora la oferta integrando las de las CCAA y las del territorio no transferido, y la presenta al Ministerio de Hacienda y Función Pública (denominación literal del precepto; hoy la competencia en función pública corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública), que la eleva al Gobierno para su aprobación (art. 482.3).
  • Aprobada la oferta, el Ministerio de Justicia convoca los procesos selectivos (art. 482.4).
  • Discapacidad: se reserva un cupo no inferior al 7 % de las vacantes para personas con discapacidad, siempre que superen las pruebas y acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad con las funciones (art. 482.5).

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Faltan estos 6 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:

  1. 3. Ingreso: principios y procedimiento (arts. 483 a 488 LOPJ)
  2. 4. Funcionarios interinos (art. 489 LOPJ)
  3. 5. Promoción interna (art. 490 LOPJ y arts. 30 a 38 RD 1451/2005)
  4. 6. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario (art. 491 LOPJ)
  5. 7. Rehabilitación (arts. 493 y 494 LOPJ)
  6. Lo que más cae
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Puntos clave

lo que tienes que saberte sí o sí

  • Las necesidades de personal se recogen en una única oferta de empleo público anual, que elabora el Ministerio de Justicia y aprueba el Gobierno (art. 482 LOPJ).
  • Se reserva un cupo no inferior al 7 % de las vacantes para personas con discapacidad (art. 482.5 LOPJ).
  • Temario y pruebas son únicos para cada cuerpo en todo el Estado; las pruebas de lengua y derecho foral son optativas y no eliminatorias (art. 483.2 LOPJ).
  • La Comisión de Selección la forman cuatro vocales del Ministerio de Justicia, que preside con voto dirimente, y cuatro de las CCAA (art. 486.1 LOPJ).
  • Quien no supere el curso selectivo puede repetirlo una vez; si tampoco lo supera, pierde el derecho al nombramiento (art. 485.1 LOPJ).
  • La toma de posesión del primer destino se realiza en veinte días naturales desde la publicación del nombramiento en el BOE (art. 29.1 RD 1451/2005).
  • Promoción interna por concurso-oposición para el 50 % de las plazas de la oferta, con dos años de antigüedad; las plazas no cubiertas no acrecen al turno libre (art. 490 LOPJ).
  • La condición de funcionario se pierde, entre otras causas, por condena a pena privativa de libertad superior a tres años por delito doloso (arts. 491 y 443.2 LOPJ).

Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test

1. Las pruebas que se establezcan para acreditar el conocimiento de la lengua y del derecho civil foral o especial de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas:

  1. A) Serán obligatorias y eliminatorias para las plazas de esa Comunidad.
  2. B) Serán obligatorias, pero no eliminatorias.
  3. C) Tendrán carácter optativo y, en ningún caso, serán eliminatorias.
  4. D) Solo se valorarán en la fase de concurso de la promoción interna.
Ver la respuesta

Correcta: C) Tendrán carácter optativo y, en ningún caso, serán eliminatorias.

El art. 483.2 LOPJ establece su carácter optativo y no eliminatorio, valorándose solo a efectos de adjudicación de destino en la Comunidad Autónoma.

art. 483.2 LOPJ

2. Según el artículo 482 de la LOPJ, en las ofertas de empleo público de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia se reservará para personas con discapacidad un cupo:

  1. A) No inferior al cinco por ciento de las vacantes.
  2. B) No inferior al siete por ciento de las vacantes.
  3. C) Del diez por ciento de las vacantes.
  4. D) No inferior al dos por ciento de las vacantes.
Ver la respuesta

Correcta: B) No inferior al siete por ciento de las vacantes.

El art. 482.5 LOPJ reserva un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes.

art. 482.5 LOPJ

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El resumen completo, con preguntas en cada apartado

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