Para quién. Es el tema 9 de Tramitación Procesal (C1) y de Auxilio Judicial (C2). Auxilio puede saltarse el punto 4 (Plan de Transparencia Judicial), que su programa no cita. Los números entre paréntesis («Carta, n.º 17») remiten a los apartados numerados de la Carta, tal como se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
1. Qué es la Carta
- La Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia nace del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, firmado el 28 de mayo de 2001. La redactó un grupo de trabajo de la Comisión de Seguimiento del Pacto, por unanimidad.
- La aprobó el Pleno del Congreso de los Diputados el 16 de abril de 2002 como Proposición no de Ley, presentada conjuntamente por todos los grupos parlamentarios. Se publicó en el BOCG, Congreso, serie D, núm. 340, de 22 de abril de 2002.
- No es una ley ni se publicó en el BOE: es una declaración política del Congreso. Muchos de sus derechos se recogen hoy en leyes (LOPJ, leyes procesales, Estatuto de la víctima, Ley de eficiencia digital).
- Estructura:
- Preámbulo.
- Parte I, «Una justicia moderna y abierta a los ciudadanos» (n.º 1 a 21).
- Parte II, «Una justicia que protege a los más débiles» (n.º 22 a 32).
- Parte III, «Una relación de confianza con Abogados y Procuradores» (n.º 33 a 41).
- Un apartado final, «Eficacia de la Carta de Derechos».
- La terminología es la de 2002: donde dice «Secretario judicial» hoy debe leerse Letrado de la Administración de Justicia, y los «Juzgados» son hoy, tras la LO 1/2025, Secciones de los Tribunales de Instancia.
2. Parte I. Una justicia moderna y abierta
Una justicia transparente (n.º 1 a 4)
- Información general y actualizada sobre el funcionamiento de juzgados y tribunales y los requisitos de los procedimientos (n.º 1). Para ello se impulsan las Oficinas de Atención al Ciudadano y se colocan los horarios de atención en lugar visible.
- Información transparente sobre el estado, la actividad y los asuntos de todos los órganos jurisdiccionales. La canalizan el Ministerio de Justicia, las CCAA con competencias y el CGPJ, en el marco de un plan de transparencia (n.º 2). Es el origen del Plan de Transparencia Judicial.
- Conocer el contenido actualizado de las leyes españolas y de la UE mediante un sistema electrónico accesible (n.º 3).
- Conocer el contenido y estado de los procesos en que se tenga interés legítimo, según las leyes procesales (n.º 4):
- acceso a documentos, libros, archivos y registros judiciales no reservados;
- si se deniega el acceso a una información procesal, los motivos se exponen por escrito a quien lo pida.
Una justicia comprensible (n.º 5 a 8)
- Notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos con términos sencillos y comprensibles, sin elementos intimidatorios innecesarios (n.º 5).
- Lenguaje comprensible en vistas y comparecencias; velan por ello los jueces que las dirigen (n.º 6).
- Sentencias y resoluciones comprensibles, con sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio del rigor técnico (n.º 7).
- Formularios gratuitos cuando no sea preceptiva la intervención de abogado y procurador (n.º 8).
Una justicia atenta con el ciudadano (n.º 9 a 16)
- Derechos de atención y gestión:
- Trato respetuoso y adaptado a las circunstancias psicológicas, sociales y culturales (n.º 9).
- Máxima puntualidad de las actuaciones. El juez o el LAJ informa de las razones del retraso o la suspensión, y la suspensión se comunica con antelación suficiente para evitar el desplazamiento, salvo fuerza mayor (n.º 10).
- Comparecencia lo menos gravosa posible (n.º 11):
- solo cuando sea estrictamente indispensable conforme a la ley;
- concentrar en un solo día las distintas actuaciones ante el mismo órgano;
- pago preferente de las indemnizaciones por desplazamiento;
- dependencias adecuadas.
- Protección de quien declara como testigo o colabora con la Justicia (n.º 12).
- Ser atendido personalmente por el juez o el LAJ sobre cualquier incidencia del funcionamiento del órgano (n.º 14). Las declaraciones, juicios y vistas se celebran siempre en presencia del juez o tribunal.
- Atención en horario de mañana y tarde en los órganos en que resulte necesario por su naturaleza o volumen de asuntos (n.º 15).
- Identificación de actuaciones y funcionarios (n.º 13):
- derecho a conocer la identidad y categoría de la autoridad o funcionario que atiende, salvo por razones de seguridad en causas criminales;
- los datos figuran en lugar visible del puesto de trabajo;
- quien atiende por teléfono o por vía telemática debe identificarse siempre.
- Derechos lingüísticos (n.º 16): usar ante la Administración de Justicia del territorio de la Comunidad la lengua oficial que se escoja, en los términos de la LOPJ, los Estatutos de Autonomía y sus normas de desarrollo.
Una justicia responsable (n.º 17 y 18)
- Quejas, reclamaciones y sugerencias sobre el incorrecto funcionamiento de la Justicia, con respuesta en el plazo máximo de un mes (n.º 17).
- Dónde: ante el propio juzgado o tribunal, sus órganos de gobierno, las Oficinas de Atención al Ciudadano, el CGPJ, el Ministerio de Justicia o las CCAA.
- Se prevé su presentación telemática y deben existir formularios visibles en todas las dependencias.
- Responsabilidad por error judicial o funcionamiento anormal (n.º 18): los daños se indemnizan conforme a la ley y las reclamaciones se tramitan con preferencia.
Una justicia ágil y tecnológicamente avanzada (n.º 19 a 21)
- Tramitación ágil dentro del plazo legal y derecho a conocer el motivo concreto del retraso (n.º 19). El Ministerio y el CGPJ elaboran un programa de previsiones sobre la duración de los procedimientos.
- No aportar documentos que ya tengan las Administraciones, salvo que las leyes procesales lo exijan (n.º 20).
- Comunicarse con la Justicia por correo electrónico, videoconferencia y otros medios telemáticos (n.º 21). Los documentos electrónicos tienen plena validez si se acredita su integridad y autenticidad.
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Faltan estos 5 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:
- 3. Parte II. Protección de los más débiles
- 4. Parte III. Abogados y Procuradores (y Graduados Sociales)
- 5. El derecho a la asistencia jurídica gratuita (Ley 1/1996, arts. 1 a 8)
- 6. El Plan de Transparencia Judicial (solo Tramitación)
- Lo que más cae
Puntos clave
lo que tienes que saberte sí o sí
- La Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia fue aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados el 16 de abril de 2002 como Proposición no de Ley; no es una norma publicada en el BOE.
- Tiene tres partes: una justicia moderna y abierta (n.º 1-21), una justicia que protege a los más débiles (n.º 22-32) y una relación de confianza con Abogados y Procuradores (n.º 33-41), más un apartado sobre su eficacia.
- Las quejas, reclamaciones y sugerencias sobre el funcionamiento de la Justicia deben contestarse en el plazo máximo de un mes (Carta, n.º 17).
- El ciudadano tiene derecho a conocer la identidad y categoría de la autoridad o funcionario que le atiende, salvo por razones de seguridad en causas criminales (Carta, n.º 13).
- El ciudadano puede utilizar ante la Administración de Justicia de su Comunidad la lengua oficial que escoja (Carta, n.º 16).
- Los abogados y procuradores deben entregar presupuesto previo e informar del riesgo de condena en costas (Carta, n.º 37 y 39).
- La asistencia jurídica gratuita se reconoce, con carácter general, por debajo de dos veces, dos veces y media o el triple del IPREM según la unidad familiar (art. 3 Ley 1/1996).
- Las víctimas de violencia de género, terrorismo y trata tienen derecho a asistencia jurídica gratuita con independencia de sus recursos (art. 2.h Ley 1/1996).
- La asistencia jurídica gratuita se extiende a toda la instancia, incluida la ejecución, pero no a un proceso distinto (art. 7 Ley 1/1996).
- El Plan de Transparencia Judicial lo aprobó el Consejo de Ministros el 21 de octubre de 2005, en cumplimiento del art. 14 de la Ley 15/2003; su instrumento principal es la estadística judicial.
Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test
1. Según la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, el ciudadano tiene derecho a recibir respuesta a sus reclamaciones, quejas y sugerencias sobre el incorrecto funcionamiento de la Administración de Justicia:
- A) En el plazo máximo de quince días.
- B) En el plazo máximo de tres meses.
- C) Con la mayor celeridad y, en todo caso, dentro del plazo de un mes.
- D) En el plazo de diez días hábiles.
Ver la respuesta
Correcta: C) Con la mayor celeridad y, en todo caso, dentro del plazo de un mes.
El apartado 17 de la Carta reconoce el derecho a recibir respuesta con la mayor celeridad y, en todo caso, dentro del plazo de un mes.
Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, n.º 17
2. La Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia fue aprobada:
- A) Por Ley Orgánica de las Cortes Generales.
- B) Por el Pleno del Congreso de los Diputados como Proposición no de Ley.
- C) Por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia.
- D) Por acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial.
Ver la respuesta
Correcta: B) Por el Pleno del Congreso de los Diputados como Proposición no de Ley.
La Carta fue aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados como Proposición no de Ley presentada por todos los grupos parlamentarios, en desarrollo del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia de 2001.
Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (BOCG, Congreso, serie D, núm. 340, de 22 de abril de 2002)