1. Concepto de seguridad
La palabra seguridad procede del latín securitas, de sine cura: «sin cuidado», sin preocupación. Es tanto una situación (ausencia de riesgos o amenazas) como una sensación (confianza y tranquilidad). Por eso se distinguen dos dimensiones:
- Seguridad objetiva: la ausencia real de riesgos o de delitos. Se mide con datos de criminalidad y victimización.
- Seguridad subjetiva: la percepción o sentimiento de seguridad de las personas, que no siempre coincide con la realidad.
La seguridad es una necesidad básica del ser humano. En la pirámide de Maslow, ocupa el segundo escalón, tras las necesidades fisiológicas. También es un presupuesto para el ejercicio de los derechos y libertades: sin seguridad no hay libertad real.
El art. 17.1 CE reconoce el derecho de toda persona a la libertad y a la seguridad. El art. 104.1 CE encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
2. Clases de seguridad
Individual y colectiva
- Seguridad individual o personal: la protección de la persona concreta (su vida, integridad, libertad y bienes) frente a agresiones. Es el sentido del derecho a la seguridad del art. 17 CE.
- Seguridad colectiva: la de la sociedad en su conjunto. Abarca la seguridad ciudadana, el orden público, la protección civil ante catástrofes y la seguridad nacional.
- En el ámbito internacional, la seguridad colectiva es también el sistema por el que los Estados se comprometen a responder conjuntamente frente a una agresión (ONU, OTAN).
- Seguridad humana: el PNUD (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo) la planteó en 1994 como un concepto amplio centrado en las personas. Incluye la seguridad económica, alimentaria, sanitaria, ambiental, personal, comunitaria y política («libertad frente al miedo y libertad frente a la necesidad»).
Pública y privada
- Seguridad pública:
- Competencia: corresponde exclusivamente al Estado (art. 149.1.29.ª CE), sin perjuicio de las policías autonómicas.
- Mantenimiento: se mantiene a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (art. 1 LO 2/1986), en las que participan también las comunidades autónomas y las corporaciones locales.
- Seguridad ciudadana: su núcleo esencial es la seguridad ciudadana, regulada por la LO 4/2015. Es un requisito indispensable para el pleno ejercicio de los derechos y libertades y se garantiza mediante la prevención y la reacción ante los delitos e infracciones.
- Seguridad privada:
- Qué es: el conjunto de actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad adoptados voluntaria u obligatoriamente por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y prestados por empresas de seguridad o despachos de detectives autorizados (Ley 5/2014).
- Carácter: es subsidiaria, complementaria y subordinada respecto de la seguridad pública, y está integrada en ella.
- Control: corresponde al Ministerio del Interior. La Policía Nacional ejerce el control de las entidades, servicios y personal de seguridad privada.
- Seguridad Nacional (Ley 36/2015, art. 3): la acción del Estado dirigida a:
- proteger la libertad, los derechos y el bienestar de los ciudadanos;
- garantizar la defensa de España y de sus principios y valores constitucionales;
- contribuir, junto a sus socios y aliados, a la seguridad internacional.
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Faltan estos 4 apartados del resumen, con las preguntas de cada uno para comprobar que lo has entendido:
- 3. La inseguridad
- 4. Teorías explicativas de la delincuencia
- 5. Clases de delincuencia
- Lo que más cae
Puntos clave
lo que tienes que saberte sí o sí
- La seguridad tiene una dimensión objetiva (ausencia real de riesgos) y otra subjetiva (percepción o sentimiento de seguridad).
- El art. 17.1 CE reconoce el derecho a la libertad y a la seguridad, y el art. 104.1 CE encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad garantizar la seguridad ciudadana.
- La seguridad pública es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.29.ª CE) y se mantiene a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (art. 1 LO 2/1986).
- La seguridad privada es complementaria y subordinada respecto de la seguridad pública (Ley 5/2014).
- La Seguridad Nacional es la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, garantizar la defensa de España y contribuir a la seguridad internacional (art. 3 Ley 36/2015).
- La cifra negra es la delincuencia que no se denuncia ni se conoce; las encuestas de victimización tratan de medirla.
- La escuela clásica (Beccaria, 1764) concibe al delincuente como un ser racional con libre albedrío y atribuye a la pena una función disuasoria.
- Lombroso, fundador de la escuela positiva, formuló la teoría del delincuente nato en «El hombre delincuente» (1876).
- Según Merton, el delito surge de la discrepancia entre las metas culturales y los medios legítimos para alcanzarlas; la «innovación» es el modo de adaptación del delincuente.
- Sutherland sostuvo que la conducta delictiva se aprende en la interacción con otros (asociación diferencial) y acuñó el concepto de delito de cuello blanco.
- La teoría de las actividades rutinarias (Cohen y Felson) exige la convergencia de un delincuente motivado, un objetivo adecuado y la ausencia de un guardián capaz.
- La organización criminal es la agrupación de más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten tareas para cometer delitos (art. 570 bis CP).
Ponte a prueba: 2 preguntas tipo test
1. Según la Ley 36/2015, de Seguridad Nacional, esta se define como:
- A) El conjunto de actividades de las empresas de seguridad.
- B) La actividad de las Fuerzas Armadas en tiempo de guerra.
- C) La acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, y a contribuir a la seguridad internacional.
- D) El mantenimiento del orden público en las vías urbanas.
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Correcta: C) La acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, y a contribuir a la seguridad internacional.
Es la definición literal del art. 3 de la Ley 36/2015.
art. 3 Ley 36/2015
2. Según el artículo 149.1.29.ª de la Constitución, la seguridad pública es competencia:
- A) Exclusiva de las comunidades autónomas.
- B) Compartida a partes iguales entre el Estado y los municipios.
- C) De las empresas de seguridad privada.
- D) Exclusiva del Estado, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las comunidades autónomas.
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Correcta: D) Exclusiva del Estado, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las comunidades autónomas.
El art. 149.1.29.ª CE atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre seguridad pública, sin perjuicio de las policías autonómicas.
art. 149.1.29.ª CE